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Riba-roja aprueba en pleno el pago de 3'4 millones de euros por 58.000 m2 de terreno, tras acatar una sentencia del TSJ

La sentencia obliga al consistorio a indemnizar a la familia por los terrenos ocupados en los años 70 entre las urbanizaciones de Montealcedo y El Molinet.

'HACIENDA' 22 de agosto de 2019

El Ayuntamiento de Riba-roja de Túria ha hecho frente al pago de los 3’4 millones de euros a unos vecinos de la localidad como consecuencia de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) por unos terrenos de 58.000 metros cuadrados valorados en 879.000 euros, que el consistorio ocupó en los años 70 para destinarlos como zona verde y tras la negativa a expropiarlos a los propietarios en 2010.    

El fallo de la sección cuarta de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJ estima, de esta forma, el recurso de las familias propietarias de los terrenos ubicados en la urbanización de Montealcedo aunque los 6’7 millones de euros solicitados por la familia demandante han quedado reducidos, finalmente, a los 3’4 millones de la sentencia que se suman a los 860.000 euros en concepto de intereses, que ya han sido liquidados.

El abono de los 3’4 millones de euros responde a la negativa del ayuntamiento de Riba-roja en el año 2010, a negociar con los propietarios el pago por la ocupación de los terrenos tal y como solicitaba la familia al amparo de la ley urbanística valenciana –diseñada y aprobada en el año 2005 por la Generalitat de Camps- que permitía su expropiación.

Los hechos origen de este litigio judicial se remontan a mediados de los años 70 cuando el consistorio ocupó los 57.165 metros cuadrados entre las urbanizaciones de Monte Alcedo y el Molinet para un uso posterior como zona verde municipal. Una parte de los citados terrenos estaban calificados como sistema general mientras que la otra área restante estaba considerada como “dotacional de carácter local” en el que nunca se llegó a concretar ningún tipo de acuerdo entre los propietarios y los herederos del suelo y el propio Ayuntamiento de Riba-roja de Túria que habría evitado llegar hasta las instancias judiciales y, por tanto, un desembolso notablemente menor.  

El fallo subraya tajante que "las razones o chapuzas que se hicieron en los años 70 no interesan en este momento, el hecho cierto es que han quedado dos bolsas de suelo urbano que ni se han expropiado ni han sido adscritas a ningún plan parcial o urbanización, cierto que es una anomalía pero la responsable no es la solicitante de la expropiación; no se debió permitir la ejecución de las urbanizaciones sin incluir la zona verde que se debió obtener asignando aprovechamiento a los propietarios o mediante expropiación cargo a los propietarios de la urbanización".

Las familias propietarias iniciaron el proceso administrativo en julio de 2010 ante el Ayuntamiento de Riba-roja de Túria con el objeto de fijar el expediente de justiprecio de las parcelas al que siguió la hoja de aprecio por un total de 6'7 millones ante el silencio del consistorio. Así, durante los seis meses previstos en la ley, el Ayuntamiento de Riba-roja no respondió a la petición de la parte demandante.  

El pleno del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria rechazó en abril de 2010, por mayoría absoluta del Partido Popular, la expropiación de los terrenos al considerar que los mismos tenían un valor económico muy inferior a las peticiones de los propietarios. Sin embargo, los dueños de los terrenos reaccionaron con un recurso contencioso-administrativo que fue estimado parcialmente. El Jurado Provincial de Expropiación fijó el precio en 1’6 millones de euros que fue recurrido por ambas partes y desembocó, finalmente, en la sentencia del TSJ que estableció su valor en 3’4 millones más intereses.

Para hacer frente al citado pago, el Ayuntamiento de Riba-roja abonó en diciembre de 2015 un total de 879.000 euros a cuenta de la suma total –a través de otra resolución judicial- y ahora en el año 2019 ha terminado de pagar los restantes 2’5 millones de euros que aumentarán en otros 860.000 euros en intereses.